viernes, 6 de abril de 2018

Cofradías de Albacete desde 1578

Gracias a la labor realizada por Juan José Sánchez Romero y Cesar Cortés Ponce, tras muchas horas de investigación, os mostramos los documentos "Albacete, franciscanos observantes menores de S. Francisco Autos y sentencias. S. XVII, XVIII y reales provisiones. Legajo 9.", donde se constata que la Cofradía de la Soledad se fundó el 15 de junio de 1578 y la Cofradía del Nazareno el 10 de marzo de 1607. 

Estos datos, de alto valor histórico, hasta ahora desconocidos y que se conservan en el Instituto de Estudios Albacetenses "Don Juan Manuel" (copia del Archivo Histórico Nacional sobre la Orden de S. Francisco en Albacete y su provincia), vienen a confirmar la antigüedad cofrade en Albacete, de al menos 440 años de historia y sitúan a nuestra Semana Santa como una de las más antiguas de España. Esta valiosa información ha sido publicada en la revista Jerusalén número 23, editada por la Congregación-Cofradía Ntra. Sra. de las Angustias.



Albacete, franciscanos observantes menores de S. Francisco 
Autos y sentencias S. XVII, XVIII y reales provisiones
Lejajo 9

Cabildo de la Soledad fundado a quince de junio de mil quinientos setenta y ocho años. En este cabildo se dice el Segundo Domingo de cada mes una misa cantada con Diáconos y al fin procesión claustral y acabada un responso por las ánimas de sus cofrades difuntos con la oración Deus veniaelagitor. Se dan cuatro reales de limosna por cada una.

Idem. En los cinco primeros domingos de Cuaresma por la tarde se ha de predicar y en acabado el Sermón se canta el Miserere y después procesión claustral con la imagen de Ntra. Señora y después a su capilla un responso con la oración.

Y el Viernes Santo en la tarde, se predica el Sermón del descendimiento de la cruz y acabado sale la procesión de este Convento acompañándola los religiosos repartidos en los pasos que en elle van por todo lo hecho dan de limosna ochenta y ocho reales.

Idem, el tercer día de Pascua de Resurrección celebra este cabildo las fiestas de la piedad de la Madre de Dios con misa cantada con Diáconos y procesión claustral y al fin un responso.

Idem, el día de la elección de mayordomos se dice una misa rezada en la Capilla de la Soledad, se dan dos reales de limosna.

Idem, tiene obligación de este Cabildo por cada uno de los hermanos o hermanas que murieran una misa cantada con diáconos y otra rezada en el altar de la Soledad. Dan seis reales de limosna.

Idem, por cada uno de los encomendados en este Cabildo se dice una misa cantada con diáconos en la iglesia donde se enterraba el tal difunto dan cuatro reales de limosna.

Idem, tiene la obligación este cabildo el lunes, martes y miércoles de la Semana Santa cada día de estos una misa rezada por el ánima, de Juan García de Córdoba, dan seis reales por cada una, esto dice el Libro Antiguo.

Cabildo de los Nazarenos fundado a diez de marzo de mil seiscientos siete. Este cabildo tiene por patrona la glorísima Santa María Magadalena cuya fiesta celebra a 22 de julio con primeras vísperas, misa solemne, sermón y procesión claustral llevando en ella su imagen y a lo último un responso con la oración Deus veniae lagitor dan veinisiete reales y medio.

Segunda página

Idem. El domingo después de todos los santos una misa cantada con diáconos y responso por las ánimas de los cofrades difuntos se dan de limosna cuatro reales.

Idem. Cinco miércoles de la cuaresma comenzando desde el segundo hasta el penúltimo se dice cada día de estos una misa rezada y a la tarde completas solemnes y después el miserere cantado y después procesión claustral con la santa y se canta in situ un responso por los cofrades difuntos.

Idem. El Jueves y Viernes Santo al encerrar y después de descubrir al santísimo sacramento están obligados los dichos cofrades a estar presentes con las velas encendidas.

Idem. Tiene obligación este cabildo de decir una misa cantada y otra rezada por cada uno de los cofrades que murieron en la iglesia donde se entierren, dan seis reales de limosna.

Idem. Por cada uno de los que en el se encomendaran tienen obligación de decir una misa cantada en la iglesia donde entarrara, dan cuatro reales de limosna.

Idem. Se advierte que la misma obligación tienen de decir estas misas en este convento los demás cabildos fundados en las otras iglesias por los difuntos que aquí se enterraron.

Así están puestos a la letra estos Cabildos en el libro antiguo, no está todo corriente y lo que está tiene mucha carga y poca limosna.